El psiquiatra colombiano ante el nuevo sistema penal acusatorio

Autor: Escobar Córdoba Franklin

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A partir del 1° de enero de 2005, el psiquiatra colombiano puede ser llamado a los estrados judiciales para declarar como testigo experto en cualquier hecho punible del cual tenga conocimiento. El testigo experto, según el nuevo Código de Procedimiento Penal (Ley 906 del 31 de agosto de 2004, con vigencia desde el 1° de enero de 2005), ayudará a la Justicia con sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos o especializados. Las partes podrán presentar informes de peritos de su confianza y pedir que éstos sean citados a interrogatorio en el juicio oral y público, acompañando la certificación que acredite la idoneidad del perito. Ya no es extraño que, entrado el 2005, los psiquiatras de nuestro país sean solicitados por jueces, fiscales, defensores del pueblo y abogados de parte (privados) para estudiar un caso y ayudar a las autoridades o a la defensa en el esclarecimiento de los hechos. De igual forma, las autoridades, aunque siguen acudiendo principalmente a los peritos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, también están en libertad de recurrir a expertos de la Policía judicial o de las entidades públicas y privadas o a particulares especializados en la materia de la cual se trate, para que éstos presenten sus informes y sean citados a los estrados judiciales en audiencias preliminares o en el juicio oral y público, con el fin de rendir testimonio en relación con el caso peritado. Rendido el testimonio en el juicio oral, se convierte en plena prueba, y el psiquiatra, en testigo experto. La parte de la defensa comienza a recurrir, mediante el pago de honorarios, a profesionales de la psiquiatría (expertos científicos privados); en la mayoría de las veces, para controvertir lo informado o declarado por el perito oficial. En este debate oral, público y científico hace luz la verdad y, entonces, el juez decide tener en cuenta el testimonio del experto oficial o del privado para hacer justicia. Esto significa que, por ejemplo, cuando el médico conozca de lesiones personales, delitos sexuales, violencia intrafamiliar, homicidios (accidentales o no), suicidios y todo tipo de delitos que se relacionen con el ejercicio profesional de la medicina o de la psiquiatría, podrá ser llamado a testimoniar en el juicio oral y público. Por ello es muy importante que los miembros de la Asociación Colombiana de Psiquiatría y los demás colegas psiquiatras estén atentos y se eduquen en torno al nuevo sistema penal acusatorio, que se comenzó a aplicar inicialmente en Bogotá y en la región cafetera, para luego implementarse de forma gradual en toda la nación. El viejo sistema procesal penal, que era de carácter mixto y de corte inquisitivo —es decir, basado en la acumulación de escritos en el sumario, de larga duración y tradicional en Colombia—, viene siendo reemplazado progresivamente por un sistema oral, llamado acusatorio, expedito y público, muy parecido sistema penal de Estados Unidos. El cambio que se avecina en las diferentes etapas del proceso penal colombiano es importante; los médicos, en particular los psiquiatras, no podemos quedarnos a la espera de su implementación, y es deber de cada uno conocer la nueva legislación y saber cómo nos afecta, dada esta nueva faceta de vida profesional que podrá ser requerida por la justicia en cualquier momento. En realidad, se trata de un cambio de paradigma en el proceso penal, y los profesionales de la salud debemos estar preparados para asumir este nuevo reto. Diversos psiquiatras latinoamericanos, desde hace algunos años, luego de la implementación de este modelo de sistema jurídico en sus respectivos países, han sido requeridos para actuar como peritos en el juicio oral. El proceso de adaptación al nuevo sistema ha sido, muchas veces, difícil, especialmente cuando el psiquiatra no conoce de qué se trata, pues lo considera lejano a su quehacer profesional. Esto ha llevado, entre otras razones, al desarrollo de la sub-especialización en psiquiatría forense. Así es como en Argentina han egresado en los últimos años varias promociones de psiquiatras forenses latinoamericanos educados formalmente. A partir de este año viene creciendo el número de solicitudes de opiniones expertas, demandadas a los profesores de psiquiatría, principalmente de universidades públicas. Esta situación debe ser analizada de forma personal, profesional y en el ámbito académico de cada facultad. Como son funcionarios públicos, las autoridades pueden solicitarles todo tipo de opinión experta que ayude al proceso investigativo y al esclarecimiento de cualquier hecho punible que lo amerite, y es obligatorio responder a estos requerimientos. De igual forma, los abogados defensores en lo penal recurren cada vez más a profesionales eminentes de la psiquiatría, para precisar de sus servicios y presentarlos durante el juicio oral. Su testimonio es de vital importancia durante el proceso. Siempre debe mostrar su capacidad científica, su idoneidad, su rectitud moral y ética, todo lo cual, sin lugar a duda, ayudará a impartir determinaciones quizás más justas, y tendrá la oportunidad de debatir o controvertir lo informado por los peritos oficiales o, tal vez, compartir su dictamen. Pero siempre debemos tener en cuenta que pesa sobre nuestros hombros la gran responsabilidad y obligación moral de ofrecer nuestros conocimientos en pro de la justicia y con el fin de aminorar la impunidad que desde décadas atrás nos rodea. Franklin Escobar-Córdoba, M. D. Editor Invitado

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2005-11-05   |   2,714 visitas   |   Evalua este artículo 0 valoraciones

Vol. 34 Núm.5. Octubre 2005 Pags. Rev Col Psiqui 2005; XXXIV(5)