Autor: Manuell Lee Gabriel Ricardo
El acto médico se entiende bajo un régimen de libertad prescriptiva en favor del personal médico, si bien típicamente lo realiza el médico, también puede ser realizado por otro tipo de profesional de la salud, llámese odontólogo, obstetra, enfermera, técnico, etc., tiene las siguientes características: Profesionalidad, Ejecución estandarizada, Finalidad, Licitud y No formalidad. El presente artículo revisa los puntos relacionados a las obligaciones y evaluación que debe someterse este importante acto en la relación médico-paciente.
Palabras clave: Acto médico evaluación certificación relación médico-paciente licitud.
2006-12-12 | 3,548 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 17 Núm.42. Enero-Marzo 2007 Pags. 41-47 Rev CONAMED 2007; 12(1)