Autor: Escalona Veloz Rafael
Santiago de Cuba, 4 de febrero de 2011 Dra. C. Carolina Plasencia Asorey Directora de la revista MEDISAN Estimada doctora: Me place dar respuesta a la acuciosa carta del Dr.C. Ricardo Hodelín Tablada y la Dra. Damaris Fuentes Pelier, dirigida a usted con motivo de la publicación del artículo “Consentimiento informado en anatomía patológica como requerimiento ético para la calidad y la excelencia”, de mi autoría, donde exponen algunos criterios relacionados con el tema. De hecho, es cierto que la ejecución de un proceder de diagnóstico del cual no se había proporcionado la información suficiente y necesaria al paciente y que provocó iatrogenia, con la consecuente demanda judicial, fue lo que justificó la aparición del consentimiento informado; por tal motivo y calibrando su incuestionable importancia, me he propuesto analizar con detenimiento en qué situaciones y mecanismos inherentes a la especialidad de anatomía patológica suele requerirse la mencionada autorización.
2011-04-25 | 770 visitas | Evalua este artículo 0 valoraciones
Vol. 15 Núm.4. Abril 2011 Pags. 406-409 Medisan 2011; 15(4)